El nuevo decreto, dispuesto por el Gobernador, entra en vigencia desde este sábado

Las autoridades municipales y comunales podrán disponer, en sus respectivos distritos, en consulta con el Ministerio de Salud, mayores restricciones a los horarios de circulación nocturna y otras medidas pertinentes de carácter transitorias, focalizadas e intensivas que las establecidas en los artículos 3° a 7°, inclusive, en particular en aquellos departamentos que semanalmente el Ministerio de Salud defina como de Alto Riesgo epidemiológico y sanitario”, indica el texto

Las nuevas medidas:

1) Se sostienen las clases presenciales con el riguroso cumplimento de los protocolos vigentes.

2) Continúa la restricción de circulación de 0 a 6 todos los días.

3) Se prohíbe la permanencia de personas en plazas, espacios y paseos públicos entre las 20 y las 6 todos los días de la semana.

4) se suspenden las reuniones sociales en domicilios particulares y continúan habilitadas las familiares hasta 10 personas.

5) se podrán realizar actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre hasta las 20 personas en el horario comprendido entre las 6 y las 20.

6) se suspenden eventos y espectáculos musicales, culturales que impliquen concurrencia de público, salones para fiestas y salas de entretenimiento.

7) Los locales gastronómicos continuarán funcionando con el aforo del 50% hasta la hora 0 y el ingreso de personas se permitirá hasta las 23. En estos espacios no estarán permitidas las actividades complementarias en forma presencial de artistas y grupos musicales.

8) Las actividades en espacios cerrados de clubes, gimnasios, cines e iglesias funcionarán con un aforo del 50% y un máximo de asistencia de 50 personas.

9) Se prohíben las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional y amateur no habilitadas expresamente por autoridades nacionales.

10) Se insta a la Secretaría de Transporte de la Provincia a articular con autoridades municipales/comunales y con la Policía de Entre Ríos, el trabajo de control y fiscalización del estricto cumplimiento del protocolo aprobado correspondiente a los servicios de transporte público urbano e interurbano de pasajeros.

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